LNEP · Art. 173

Artículo 173 de la Ley Nacional de Ejecución Penal

Título quinto. Beneficios Preliberacionales y Sanciones no Privativas de la Libertad · Capítulo VIII. Justicia Terapéutica · Sección Segunda. Tratamiento

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024

Ámbitos de intervención

El programa debe ser integral y debe considerar los siguientes ámbitos de intervención:

I.Judicial: La participación del Juez de Ejecución durante el desarrollo del procedimiento;

II.Clínico: Desarrollo del programa de tratamiento;

III.Institucional: Los Consejos Estatales.

La intervención se establecerá con base a la Ley General de Salud, la ley de salud local y demás instrumentos jurídicos aplicables.

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Cómo citar

Artículo 173, Ley Nacional de Ejecución Penal. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-173/

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