LNSIJPA · Art. 154

Artículo 154 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Medios para lograr la reintegración y reinserción

Libro tercero. Procedimiento para adolescentes · Título VII. Medidas de sanción · Capítulo I. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

Para lograr la reintegración y reinserción de la persona adolescente se deberá:

I.Garantizar el cumplimiento de sus derechos;

II.Posibilitar su desarrollo personal;

III.Escuchar, tomar en cuenta su opinión e involucrarla activamente en la elaboración y ejecución de su Plan Individualizado de Actividades o Plan Individualizado de Ejecución;

IV.Minimizar los efectos negativos que la medida de sanción pudiera tener en su vida futura, y

V.Fomentar los vínculos familiares y sociales que contribuyan a su desarrollo personal, a menos que esto sea contrario a sus derechos.

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Cómo citar

Artículo 154, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-154/

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