Artículo 155 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Tipos de medidas de sanción
Libro tercero. Procedimiento para adolescentes · Título VII. Medidas de sanción · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Las medidas de sanción que se pueden imponer a las personas adolescentes son las siguientes:
I.Medidas no privativas de la libertad:
a)Amonestación;
b)Apercibimiento;
c)Prestación de servicios a favor de la comunidad;
d)Sesiones de asesoramiento colectivo y actividades análogas;
e)Supervisión familiar;
f)Prohibición de asistir a determinados lugares, conducir vehículos y de utilizar instrumentos, objetos o productos que se hayan utilizado en el hecho delictivo;
g)No poseer armas;
h)Abstenerse a viajar al extranjero;
i)Integrarse a programas especializados en teoría de género, en casos de hechos tipificados como delitos sexuales;
j)Libertad Asistida.
II.Medidas privativas o restrictivas de la libertad:
a)Estancia domiciliaria;
b)Internamiento, y
c)Semi-internamiento o internamiento en tiempo libre.
El Juez podrá imponer el cumplimiento de las medidas de forma simultánea o alterna, siempre que sean compatibles.
En todos los casos que se apliquen medidas de sanción, se impondrá además la medida de reparación del daño a la víctima u ofendido.