Artículo 173 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Derecho a la adhesión
Libro tercero. Procedimiento para adolescentes · Título VIII. Recursos · Capítulo II. Recursos en particular · Sección II. Apelación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Quien tenga derecho a recurrir podrá adherirse, dentro del término de tres días contados a partir de recibido el traslado, al recurso interpuesto por cualquiera de las otras partes, siempre que cumpla con los demás requisitos formales de interposición.
Quien se adhiera deberá formular agravios. Sobre la adhesión se correrá traslado a las demás partes en un término de tres días.