Artículo 1310 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO SEGUNDO. De la Sucesión por Testamento · CAPITULO II. De la Capacidad para Testar
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si éste fuere favorable, se procederá desde luego a la formación de testamento ante Notario Público, con todas las solemnidades que se requieren para los testamentos públicos abiertos.