Artículo 2566 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo II. De la capacidad para testar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Si éste fuera favorable, se procederá desde luego a la formación del testamento ante notario público, con todas las formalidades que se requieren para los testamentos públicos abiertos.