Artículo 1534 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO TERCERO. De la Forma de los Testamentos · CAPITULO III. Testamento Público Cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El testamento cerrado que carezca de alguna de las formalidades sobredichas, quedará sin efecto, y el Notario será responsable en los términos del artículo 1520.