Artículo 1783 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO QUINTO. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima · CAPITULO VII. De los Efectos de la Partición
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Los que pagaren por el insolvente, conservarán su acción contra él, para cuando mejore de fortuna.