Artículo 2065 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PRIMERA PARTE. De las Obligaciones en General · TITULO CUARTO. Efectos de las Obligaciones · CAPITULO I. Del Pago
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El pago puede ser hecho por el mismo deudor, por sus representantes o por cualquiera otra persona que tenga interés jurídico en el cumplimiento de la obligación.