Artículo 2162 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PRIMERA PARTE. De las Obligaciones en General · TITULO CUARTO. Efectos de las Obligaciones · CAPITULO II. De la Evicción y Saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El enajenante no tiene obligación de responder de los vicios redhibitorios, si el adquirente obtuvo la cosa por remate o por adjudicación judicial.
II.- Efectos de las Obligaciones con Relación a Tercero