Artículo 2068 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones · Capitulo II. De la evicción y saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El enajenante no tiene obligación de responder de los vicios redhibitorios si el adquirente obtuvo el bien por remate o por adjudicación judicial.
II.- Efectos de la obligaciones con relación a tercero