Artículo 1558 del Código Civil de Morelos
LIBERACION DE RESPONSABILIDAD POR VICIOS REDHIBITORIOS
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo IV. De la eviccion saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El enajenante no tiene obligación de responder de los vicios redhibitorios, si el adquirente obtuvo el bien por remate o por adjudicación judicial.