Artículo 2315 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO SEGUNDO. De la Compra-Venta · CAPITULO VII. De Algunas Modalidades del Contrato de Compra-Venta
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
En la venta de que habla el artículo 2312, mientras que no pasa la propiedad de la cosa vendida al comprador, si éste recibe la cosa será considerado como arrendatario de la misma.