Artículo 2783 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMOSEGUNDO. De los Contratos Aleatorios · CAPITULO II. De la Renta Vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El pensionista, en el caso del artículo anterior, sólo tiene derecho de ejecutar judicialmente al deudor, por el pago de las rentas vencidas, y para pedir el aseguramiento de las futuras.