Artículo 452 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO NOVENO. De la Tutela · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
La tutela es un cargo de interés público del que nadie puede eximirse, sino por causa legítima.