Artículo 1110 del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capítulo VIII. De las competencias y excepciones procesales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
En los casos de ausencia legalmente comprobados, es juez competente el del último domicilio del ausente, y si se ignora, el del lugar donde se halle la mayor parte de los bienes.