Artículo 1307 del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capitulo XXI. De las Tachas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Dentro de los tres días que sigan a la declaración de los testigos, podrán las partes tachar a los testigos por causas que éstos no hayan expresado en sus declaraciones.