Artículo 1345 Bis 5 del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capítulo XXVI. Del Trámite de la apelación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Se admitirán en un solo efecto las apelaciones en los casos en que no se halle prevenido expresamente que se admitan en ambos efectos.