Artículo 1345 Bis del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capítulo XXVI. Del Trámite de la apelación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
En los casos previstos en este Capítulo, la apelación debe interponerse ante el juez que pronunció la resolución impugnada en la forma y términos previstos en éste.