Artículo 1376 Bis del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capitulo XXX. De las Tercerías
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
A todo opositor que no obtenga sentencia favorable, se le condenará al pago de gastos y costas a favor del ejecutante