Artículo 1155 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Décimo. De los Procesos de Carácter Internacional · Capítulo II. De la Cooperación Procesal Internacional · Sección Tercera. De la Cooperación, cuando intervengan Niñas, Niños y Adolescentes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La solicitud de restitución deberá contener al menos lo siguiente:
I.Nombre y datos generales de la niña, niño o adolescente;
II.Nombre y datos del solicitante y el carácter con el que promueve respecto a la niña, niño o adolescente;
III.Antecedentes y los hechos relativos al traslado o sustracción;
IV.El nombre de la persona que se presume retuvo o traslado ilícitamente y el domicilio o ubicación donde se presume que se encuentra la niña, niño o adolescente, y
V.Cualquier información que sea necesaria o pertinente para su localización.