CNPCF · Art. 1184

Artículo 1184 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Libro Décimo. De los Procesos de Carácter Internacional · Capítulo III. De la Ejecución de Sentencias, Laudos y Resoluciones Dictadas en el Extranjero

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Tratándose de sentencias, laudos arbitrales o resoluciones jurisdiccionales que únicamente vayan a utilizarse como prueba, será suficiente que las mismas llenen los requisitos necesarios para ser consideradas como documentos auténticos.

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Cómo citar

Artículo 1184, Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-1184/

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