Artículo 671 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Cuarto. De la Justicia Familiar · Título Tercero. Del Juicio Oral Familiar · Capítulo I. Disposiciones Generales · Sección Segunda. De la Audiencia Preliminar Familiar
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La audiencia preliminar se integra por dos fases que deberán celebrarse el mismo día y de manera consecutiva, las cuales son:
I.La junta anticipada, que se celebrará ante la persona secretaria judicial, y no será videograbada, dejando constancia en el acta mínima respectiva, y
II.La audiencia ante la autoridad jurisdiccional.