Artículo 926 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Séptimo. De los Recursos · Capítulo Único. Disposiciones Generales · Sección Primera. De la Apelación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
En los recursos de apelación en contra de sentencia definitiva el ponente contará con diez días para la elaboración del proyecto y las demás personas magistradas contarán con un plazo de cinco días para emitir su voto.
En tratándose de recursos de apelación distintos a la sentencia definitiva o en los casos que deban resolverse unitariamente, la resolución deberá pronunciarse dentro del plazo de ocho días.
En aquellos asuntos complejos o por el volumen de las constancias podrán ampliarse los plazos antes citados por quince días más.