Artículo 979 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Noveno. De la Sentencia, Vía de Apremio y su Ejecución · Título Único. De la Ejecución de la Sentencia · Capítulo I. De la Sentencia Ejecutoriada y Cosa Juzgada
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El auto en que se declara que una sentencia o resolución judicial ha causado o no ejecutoria, no admite ningún recurso.