Artículo 378 del Código Nacional de Procedimientos Penales
Ausencia del acusado en juicio
LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO VIII. ETAPA DE JUICIO · CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRUEBA · SECCIÓN IV. Declaración del acusado
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025
Si el acusado decide no declarar en el juicio, ninguna declaración previa que haya rendido puede ser incorporada a éste como prueba, ni se podrán utilizar en el juicio bajo ningún concepto.