LFPCA · Art. 61

Artículo 61 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título III. De los Recursos · Capítulo I. De la Reclamación

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Cuando la reclamación se interponga en contra del acuerdo que sobresea el juicio antes de que se hubiera cerrado la instrucción, en caso de desistimiento de la persona demandante, no será necesario dar vista a la contraparte.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 61, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-61/

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