Artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Título Primero · Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 2 de junio de 2026
Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.