Artículo 1750 del Código Civil de Aguascalientes
Libro cuarto.. De las obligaciones. · Primera parte.. De las obligaciones en general. · Titulo primero.. Fuentes de las obligaciones. · Capitulo ii.. De la declaracion unilateral de la voluntad.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
El promitente tiene derecho, al convocar al concurso, a designar la persona o personas que deben decidir a quien o a quienes de los concursantes se otorga la recompensa.