Artículo 68 del Código Penal de Aguascalientes
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Consecuencias juridicas del delito · Capítulo IX. Confinamiento y Prohibición de ir a algún lugar o residir en el
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Confinamiento. El Confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. La autoridad jurisdiccional hará la designación del lugar, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública y las necesidades del responsable y de las víctimas u ofendidos.