Artículo 1501 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo IX. Del testamento hecho fuera del Estado
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
En el Estado de Baja California Sur se dará plena validez y reconocimiento a los testamentos hechos en otra entidad federativa, dentro del territorio nacional, siempre y cuando hayan sido formulados de acuerdo con las leyes del lugar donde pasaron.