Artículo 2224 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo segundo. De la compraventa · Capitulo VIII. De la forma del contrato de compraventa
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Los contratos por los que los gobiernos federal, estatal y municipales, enajenen terrenos o casas habitación para la constitución del patrimonio familiar o para personas de escasos recursos económicos, hasta por un valor máximo al que se estipula en el artículo 741 de este Código y, previo estudio socio-económico, podrán otorgarse en documento privado sin los requisitos de testigos o de ratificación de firmas.