Artículo 2872 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoséptimo. De las transacciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Las transacciones deben interpretarse estrictamente y sus cláusulas son indivisibles, a menos que las partes convengan otra cosa.