Artículo 336 del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del concubinato · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Las donaciones entre concubinos se regirán por las disposiciones sobre donaciones prenupciales y nupciales.