Artículo 406 del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo noveno. De la filiación consanguínea · Capitulo V. De la investigación de la paternidad y los efectos de la vinculación paterno filial.
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
No obstante lo dispuesto en la parte final del artículo anterior, el hijo podrá investigar la maternidad si esta se deduce de una sentencia civil o penal, para demandar su reconocimiento.