Artículo 2672 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimotercero. De la fianza · Capitulo I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Puede también obligarse al fiador a pagar una cantidad de dinero, si el deudor principal no presta una cosa o un hecho determinado.