CPBC · Art. 27 Bis

Artículo 27 Bis del Código Penal de Baja California

Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias juridicas del delito · Capítulo iii bis. Tratamiento en libertad

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026

Concepto y Duración.- El tratamiento en libertad consiste en la aplicación, según el caso, de medidas laborales, educativas o médicas, orientadas a la reinserción social del sentenciado y bajo la supervisión de la autoridad ejecutora.

Esta pena podrá imponerse como pena autónoma o substitutiva de la prisión. En este último caso, la duración no podrá exceder de la que corresponda a la pena de prisión substituida.

Cuando así se requiera, el tratamiento en libertad podrá imponerse conjuntamente con las medidas de seguridad.

En todo caso el tratamiento en libertad deberá garantizar la dignidad y la libertad de conciencia del sentenciado.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo Adicionado
  • Historial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 488, publicado en el Periódico Oficial No. 32, Tomo CXX, de fecha 19 de julio de 2013, expedido por la H. XX Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. José Guadalupe Osuna Millán 2007-2013;

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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  • Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').
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Cómo citar

Artículo 27 Bis, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-27-bis/

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