Artículo 57 del Código Penal de San Luis Potosí
Concepto, aplicación y duración
Parte general · Título cuarto. Sanciones penales · Capítulo I. Penas · Sección Séptima. Tratamiento en Libertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
El tratamiento en libertad, consiste en la aplicación, según el caso, de las medidas laborales, educativas, de salud o de cualquier otra índole autorizadas por la ley, orientadas a la reinserción social del sentenciado y bajo la supervisión de la autoridad ejecutora.
Esta se podrá imponerse como pena autónoma o sustitutiva de la prisión, sin que su duración pueda exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida.
El tratamiento en libertad podrá imponerse conjuntamente con las medidas de seguridad tendientes a la deshabituación o desintoxicación del sentenciado, cuando así se requiera. En todo caso pena y medida deberán garantizar la dignidad y la libertad de conciencia del sentenciado.