Artículo 1024 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES · TITULO QUINTO. Del usufructo, del uso y de la habitación · CAPITULO III. De las obligaciones del usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Toda diminución de los frutos que provenga de imposición de contribuciones, o cargas ordinarias sobre la finca o cosa usufructuada, es de cuenta del usufructuario.