Artículo 252 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título tercero. De los ingresos por contribuciones · Capítulo IX. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Sección Décima Octava. De los Derechos por Servicio de Información y Cartografía Catastral
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
La revisión de datos y levantamientos físicos, cartografía e información a que se refiere esta Sección, sólo producirán efectos fiscales o catastrales.
Se excluye de la prestación de estos servicios, la información respecto de la que el personal oficial debe guardar absoluta reserva, en los términos del artículo 102 de este Código.