Artículo 346 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro segundo. De los servicios de tesorería · Título primero. De la prestación de los servicios · Capítulo II. De la Recaudación · Sección Segunda. De la Custodia y Administración de Fondos y Valores
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
La Secretaría ejercerá los derechos patrimoniales de los valores que representen inversiones financieras de la Ciudad de México. La custodia y administración de dichos valores estará exclusivamente a cargo de la Secretaría.