Artículo 66 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título segundo. De los elementos generales de las contribuciones · Capítulo III. De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Los contribuyentes que opten o se encuentren obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales deberán exhibir la siguiente documentación:
1.Carta de presentación del dictamen.
2.El dictamen.
3.El informe.
4.Los anexos.
5.El Avalúo catastral actualizado, en el caso del impuesto predial.
Dicha documentación será presentada sólo a requerimiento de la autoridad fiscal, excepto el avalúo catastral actualizado, del cual se anexará una copia al momento de la presentación del Dictamen. Lo anterior, se realizará en las formas y en los términos que se establezcan en las reglas de carácter general que emita la Secretaría.