CPCDMX · Art. 146

Artículo 146 del Código Penal de la Ciudad de México

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TÍTULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA VIDA, LA INTEGRIDAD CORPORAL, LA DIGNIDAD Y EL ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA · CAPÍTULO V. ABORTO

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada.

Pare efectos de este artículo, al que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de cinco a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.

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Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

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Transitorios (146 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 146, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-146/

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