Artículo 111 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Título sexto. De la organización administrativa · Capitulo I. Juzgados cívicos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026
En cada Juzgado actuarán Personas Juzgadoras en turnos sucesivos con diverso personal, que cubrirán las veinticuatro horas de todos los días del año.