Artículo 2663 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capitulo I. Disposiciones generales · De las sociedades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EL CONTRATO DE SOCIEDAD DEBE CONSTAR POR ESCRITO; PERO SE HARA CONSTAR EN ESCRITURA PUBLICA, CUANDO ALGUN SOCIO TRANSFIERA A LA SOCIEDAD BIENES CUYA ENAJENACION DEBA HACERSE EN ESCRITURA PUBLICA.