Artículo 2855 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
LA COSA SE ADJUDICARA AL ACREEDOR EN LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA POSTURA LEGAL, SI NO PUDIERE VENDERSE EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCA EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.