Artículo 3160 del Código Civil de Tabasco
Adjudicación
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosexto. De la prenda · Capitulo II. Derechos y obligaciones del acreedor y del deudor prendarios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El bien se adjudicará al acreedor en las dos terceras partes de la postura legal, si no pudiere venderse en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles.