Artículo 117 del Código Penal de Chiapas
Libro primero · Parte general · Título sexto. Extinción de la responsabilidad penal · Capítulo III. Amnistía
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
La amnistía extingue la acción penal y en su caso las sanciones que se hubieren impuesto, con excepción de la reparación del daño y el decomiso en los términos de la ley que se dictare concediéndola.
La amnistía beneficiará a todos los responsables del delito.