Artículo 2046 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título cuarto. Efectos de las obligaciones i. efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capítulo II. De la evicción y saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Cuando el deudor celebra con un tercero un acto jurídico en el que enajena bienes o renuncia derechos, quedando por ello insolvente en perjuicio de su acreedor, éste podrá solicitar que el acto quede sin efecto, para asegurar que ingresen bienes al deudor hasta por el importe del crédito que a él interese.
Esta acción sólo beneficia a quien la ejercitó y procede, si el derecho del acreedor es anterior al acto jurídico que provoca la insolvencia.
Cesa la acción luego que el deudor satisfaga la deuda, o adquiera bienes con qué poder cubrirla.