Artículo 825 del Código Civil de Chihuahua
Libro segundo. De los bienes · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo II. De la apropiación de los animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El ejercicio del derecho de cazar se regirá por los reglamentos administrativos y por las siguientes bases:
I.El cazador se hace dueño del animal que caza, por el acto de apoderarse de él, observándose lo dispuesto en la fracción III;
II.Se considera capturado el animal que ha sido muerto por el cazador durante el acto venatorio, y también el que está preso en redes;
III.Si la pieza herida muriese en terrenos ajenos, el propietario de éstos o quien los represente, deberá entregarla al cazador o permitir que entre a buscarla.